Para la mayoría de los perros, todavía no. La Ley 7/2023 lo prevé para todos los titulares, pero el Gobierno de Aragón explica que no hay que contratarlo hasta que un reglamento lo desarrolle. Sí es obligatorio ya para los perros potencialmente peligrosos, con una cobertura mínima de 120.000 euros, y en Huesca sin esa póliza no se concede la licencia municipal. Aun así, la ley aragonesa de protección animal y el Código Civil te hacen responder de los daños que cause tu perro, haya reglamento o no, y por eso asegurarlo ya es lo prudente.
Una licencia municipal que tramita el Área de Medio Ambiente del Ayuntamiento, válida cinco años y renovable. Te piden ser mayor de edad, no tener antecedentes penales, un certificado de capacidad física y aptitud psicológica de un centro autorizado, la póliza de responsabilidad civil de al menos 120.000 euros con su recibo, el informe veterinario del microchip y pagar una tasa de 53,35 euros. Con la licencia concedida, tienes 15 días para inscribir al perro en el registro municipal. En la calle debe llevar bozal y correa no extensible de menos de dos metros, y solo puedes llevar uno.
Según la Ordenanza de Seguridad y Convivencia, en vías, parques y espacios públicos el perro va sujeto con correa, cadena u otro sistema adecuado, salvo en los esparcimientos caninos y lugares que autoriza el Ayuntamiento, fijados por decreto de Alcaldía, señalizados y, si lo hay, con su horario. Esas zonas de suelta no valen para los perros potencialmente peligrosos. En los parques, el perro va por los caminos, sin pisar el césped ni los macizos, sin acercarse a los juegos infantiles y sin entrar en estanques o fuentes, y quien lo acompaña responde de los daños que cause.
La Ley 7/2023 te da 48 horas para comunicar la pérdida o la sustracción a la autoridad competente, y si es un perro potencialmente peligroso, en Huesca tienes el mismo plazo para avisar al registro municipal de estos animales. Que lleve microchip y esté dado de alta en el Registro de Identificación de Animales de Compañía de Aragón (RIACA) ayuda a que vuelva contigo. Mientras está perdido, lo que haga sigue siendo responsabilidad tuya, así que conviene que la póliza no excluya los daños causados cuando el perro se ha escapado.
La ordenanza municipal pide identificarlo con un microchip dentro de sus tres primeros meses de vida. Lo implanta el veterinario, que también lo da de alta en el RIACA, el registro autonómico, y el perro debe figurar además en el censo municipal. Si cambias de domicilio, el perro cambia de dueño o muere, hay que comunicarlo al RIACA a través de un veterinario habilitado en diez días hábiles. La ordenanza obliga también a desparasitarlo cada tres meses, a vacunarlo de la rabia y a llevarlo al menos una vez al año a control veterinario.